sábado, 9 de marzo de 2013

SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

La suspensión es la interrupción temporal de la prestación laboral sin que quede roto el contrato entre la empresa y el trabajador.
Cuando esto se produce el empresario no tiene la obligación de satisfascer el salario del trabajador.
Puede volver a su puesto de trabajo en las mismas condiciones cuando desaparezca la causa que motivó la suspensión.
  • Causas de suspensión del contrato de trabajo
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Las consignadas válidamente en el contrato
- Incapacidad temporal de los trabajadores
- Maternidad o paternidad.
- Privación de libertad mientras no exista sentencia condenatoria
- Fuerza mayor temporal
- Causas técnicas, económicas, organizativas o de producción
- Ejercicio de un cargo sondical
- Ejercicio de un cargo público representativo
- Ejercicio del derecho a huelga
- Cierre legal de la empresa
- Excedencia
- Suspensión de empleo y sueldo por razaones disciplinarias
- Por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser victima de género.

  •  Excedencia
La Ley Orgánica para la igualdad de mujeres y hombres introduce modificaciones, ampliandose el derecho de suspensión del comtrato y mejorando la protección social. Este tipo de excedencias puedes ser voluntarias, forzosas, por cudado de hijos y por el cuidado de un familiar.






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